Código Penal Artículo 38 bis Estado de Oaxaca
Código Penal Oaxaca
Artículo 38 bis.
El decomiso por valor equivalente; es el decomiso que recae sobre los bienes del inculpado cuyo valor sea equivalente al de los instrumentos, objetos o productos del delito, cuando éstos, después de ser identificados, se hayan perdido, consumido, extinguido, desaparecido, no sea posible localizar los o recuperarlos, haya sido transformados, alterados, modificados, convertidos o mezclados con otros bienes, constituyen garantías de créditos preferentes o se presente alguna circunstancia que impide que se declare el decomiso de los instrumentos, objetos y productos del delito.
En el caso de que los bienes se ha transformado, alterado, modificado o convertido en otros bienes con responsabilidad el propietario, sobre estos ejercitar el decomiso por valor equivalente. Cuando se mezclado con bienes adquiridos lícitamente, éstos podrán ser objeto del decomiso por valor equivalente hasta por el valor estimado del instrumento, objeto o producto del delito, en términos del segundo párrafo, fracción II del artículo 6 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, respetando el derecho de propiedad de terceros ajenos al proceso penal.
El decomiso por valor equivalente se autorizará cuando sea responsabilidad del inculpado y que éste haya tenido en todo momento la guarda y custodia de los bienes.
En los casos que así se establezca, se podrá decretar el aseguramiento de bienes propiedad del o los inculpados, así como de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño, sin perjuicio de respetar el derecho de propiedad de terceros ajenos al proceso penal
Estado de Oaxaca Artículo 38 bis Código Penal
Mejores juristas





Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios